Código Civil para el Estado de Michoacán de Ocampo · Michoacán

Artículo 2529

TITULO DECIMO Del contrato de prestación de servicios · CAPITULO V Del contrato de hospedaje

Artículo 2529. La asamblea general se reunirá en la época fijada en los estatutos o cuando sea convocada por la dirección. Esta deberá citar a asamblea cuando para ello fuere requerida, por lo menos, por el cinco por ciento de los asociados, o si no lo hiciere, en su lugar lo hará el juez de lo Civil a petición de dichos asociados.

Última reforma de esta ley incorporada: 7 de abril de 2003. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: ordenjuridico.gob.mx.

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