Código Civil para el Estado de Michoacán de Ocampo · Michoacán

Artículo 2600

TITULO DECIMO Del contrato de prestación de servicios · CAPITULO I Del juego y de la apuesta

Artículo 2600. Las loterías o rifas, cuando se permitan, serán regidas, las primeras, por las leyes especiales que las autoricen, y las segundas, por los reglamentos de policía.

Última reforma de esta ley incorporada: 7 de abril de 2003. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: ordenjuridico.gob.mx.

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