Artículo 2634. Si la fianza fuere para garantizar la administración de bienes, cesar ésta si aquélla no se da en el término convenido o señalado por la ley, o por el juez, salvo los casos en que la ley disponga otra cosa.
Artículo 2634
TITULO DECIMO Del contrato de prestación de servicios · CAPITULO I De la fianza en general
Última reforma de esta ley incorporada: 7 de abril de 2003. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: ordenjuridico.gob.mx.
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