Código Civil para el Estado de Michoacán de Ocampo · Michoacán

Artículo 2690

TITULO DECIMO Del contrato de prestación de servicios · CAPITULO VI De la fianza legal o judicial

Artículo 2690. A voluntad de los interesados podrá suplirse la entrega del título al acreedor, con el depósito de aquél en una institución de crédito.

Última reforma de esta ley incorporada: 7 de abril de 2003. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: ordenjuridico.gob.mx.

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