Código Civil para el Estado de Michoacán de Ocampo · Michoacán

Artículo 2709

TITULO DECIMO Del contrato de prestación de servicios · CAPITULO VI De la fianza legal o judicial

Artículo 2709. Si el deudor no paga en el plazo estipulado, y no habiéndolo, cuando tenga obligación de hacerlo conforme al artículo 1936 el acreedor podrá pedir y el juez decretará la venta en pública almoneda de la cosa empeñada, previa citación del deudor o del que hubiere constituido la prenda.

Última reforma de esta ley incorporada: 7 de abril de 2003. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: ordenjuridico.gob.mx.

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