Artículo 2777. Podrá haber transacción sobre las cantidades que ya sean debidas por alimentos.
Artículo 2777
TITULO DECIMO Del contrato de prestación de servicios · CAPITULO IV De la extinción de las hipotecas
Última reforma de esta ley incorporada: 7 de abril de 2003. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: ordenjuridico.gob.mx.
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