Código Civil para el Estado de Michoacán de Ocampo · Michoacán

Artículo 831

TITULO CUARTO De la propiedad · CAPITULO IV Del derecho de accesión

Artículo 831. Se entiende haber mala fe por parte del dueño, siempre que a su vista, ciencia y paciencia se hiciere el edificio, la siembra o la plantación.

Última reforma de esta ley incorporada: 7 de abril de 2003. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: ordenjuridico.gob.mx.

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