ARTICULO 1269.- LA SENTENCIA EJECUTORIA CONSTITUE FUENTE DE OBLIGACIONES. Las sentencias de fondo pasadas en autoridad de cosa juzgada, son fuente de las obligaciones establecidas en las mismas. Su ejecución y cumplimiento se ajustará a las reglas establecidas por el Código Procesal Civil.
Artículo 1269
TITULO PRIMERO · CAPITULO I
Última reforma de esta ley incorporada: 11 de diciembre de 2008. Fuente oficial: marcojuridico.morelos.gob.mx.
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