Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Morelos · Morelos

Artículo 1340

TITULO PRIMERO · CAPITULO IV

ARTICULO 1340.- EFECTOS POR LA FALTA DE RATIFICACION DEL DUEÑO RESPECTO DE LA GESTION DE NEGOCIOS. Cuando el dueño del negocio no ratifique la gestión, sólo responderá de los gastos que originó, hasta la concurrencia de las ventajas que obtuvo del negocio.

Última reforma de esta ley incorporada: 11 de diciembre de 2008. Fuente oficial: marcojuridico.morelos.gob.mx.

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