ARTICULO 2001.- ACTOS OBJETO DEL MANDATO. Pueden ser objeto del mandato todos los actos lícitos para los que le ley no exige la intervención personal del interesado.
Artículo 2001
TITULO NOVENO · CAPITULO I
Última reforma de esta ley incorporada: 11 de diciembre de 2008. Fuente oficial: marcojuridico.morelos.gob.mx.
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