Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Morelos · Morelos

Artículo 2229

TITULO DECIMO · CAPITULO I

ARTICULO 2229.- INTERRUPCION DE LA PRESCRIPCION EN LA FIANZA. Cualquier acto que interrumpa la prescripción que esté corriendo en favor de uno de los deudores, interrumpe la prescripción de la fianza.

Última reforma de esta ley incorporada: 11 de diciembre de 2008. Fuente oficial: marcojuridico.morelos.gob.mx.

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