ARTICULO 2318.- PRENDA CONSTITUIDA POR EL PROPIETARIO APARENTE. Si se constituyere prenda por el propietario aparente, será nula si existe mala fe por ambas partes; cuando existe buena fe en el acreedor prendario, la prenda será válida.
Artículo 2318
TITULO DECIMO · CAPITULO I
Última reforma de esta ley incorporada: 11 de diciembre de 2008. Fuente oficial: marcojuridico.morelos.gob.mx.
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