ARTICULO 939.- CLASES DE BIENES INMUEBLES. Los bienes son inmuebles por su naturaleza, por su destino, por el objeto sobre el cual recae el derecho y por determinación de la Ley.
Artículo 939
TITULO PRIMERO · CAPITULO UNICO
Última reforma de esta ley incorporada: 11 de diciembre de 2008. Fuente oficial: marcojuridico.morelos.gob.mx.
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