Código Civil para el Estado de Nayarit · Nayarit

Artículo 1158

TITULO SEPTIMO DE LA PRESCRIPCIÓN · CAPITULO V DE LA INTERRUPCIÓN DE LA PRESCRIPCIÓN

Artículo 1158 .- La interrupción de la prescripción a favor de alguno de los acreedores solidarios, aprovecha a todos.

Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresonayarit.gob.mx.

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