Código Civil para el Estado de Nayarit · Nayarit

Artículo 1184

TITULO PRIMERO FUENTES DE LAS OBLIGACIONES · CAPITULO I

Artículo 1184 .- La propuesta y aceptación hechas por telégrafo, o cualquier medio electrónico producen efectos si los originales de los respectivos telegramas o documentos contienen las firmas autógrafas, electrónicas avanzadas o los sellos electrónicos de los contratantes y los signos convencionales establecidos entre ellos.

DEROGADO SEGUNDO PÁRRAFO, P.O. 13 DE JUNIO DE 2022

VICIOS DEL CONSENTIMIENTO

Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresonayarit.gob.mx.

Pregúntale a RíoLex

¿Tu caso tiene que ver con este artículo?

Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.