Código Civil para el Estado de Nayarit · Nayarit

Artículo 2626

TITULO SEGUNDO DE LA SUCESIÓN POR TESTAMENTO · CAPITULO IX DE LA NULIDAD, REVOCACIÓN Y CADUCIDAD DE LOS TESTAMENTOS

Artículo 2626 .- Son nulas la renuncia del derecho de testar y la cláusula en que alguno se obligue a no usar de ese derecho, sino bajo ciertas condiciones, sean éstas de la clase que fueren.

Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresonayarit.gob.mx.

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