Art. 984.- Los derechos y obligaciones del usufructuario y del propietario se arreglan, en todo caso, por el título constitutivo del usufructo.
Artículo 984
TITULO QUINTO DEL USUFRUCTO, DEL USO Y DE LA HABITACIÓN · CAPITULO I DEL USUFRUCTO EN GENERAL
Última reforma de esta ley incorporada: 16 de enero de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: hcnl.gob.mx.
¿Tu caso tiene que ver con este artículo?
Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.