Código Civil para el Estado de Oaxaca · Oaxaca

Artículo 151

TITULO QUINTO Del matrimonio. Se deroga · CAPITULO I Requisitos necesarios para contraerlo

Artículo 151.- Derogado.

(Artículo reformado mediante decreto número 2072, aprobado por la LXI Legislatura el 20 de octubre del 2013 y publicado en el Periódico Oficial Extra del 20 de diciembre del 2013)

(Artículo derogado mediante decreto número 1373, aprobado por la LXII Legislatura el 10 de diciembre del 2015 y publicado en el periódico oficial extra del 31 de diciembre del 2015) 34

Última reforma de esta ley incorporada: 2 de diciembre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresooaxaca.gob.mx.

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