Artículo 2029.- Lo dispuesto en el artículo 2027 es aplicable a la enajenación de cualquiera otra cosa.
Artículo 2029
TITULO CUARTO Efecto de las obligaciones · CAPITULO II
Última reforma de esta ley incorporada: 2 de diciembre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresooaxaca.gob.mx.
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