Código Civil para el Estado de Oaxaca · Oaxaca

Artículo 2127

TITULO SEGUNDO De la compraventa 229 · CAPITULO I Disposiciones generales

Artículo 2127.- Los contratantes pueden convenir en que el precio sea el que corre en día o lugar determinado o el que fije un tercero.

Última reforma de esta ley incorporada: 2 de diciembre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresooaxaca.gob.mx.

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