Código Civil para el Estado de Oaxaca · Oaxaca

Artículo 2497

TITULO DECIMO · CAPITULO II De la prestación de servicios profesionales

Artículo 2497.- El contrato de obras a precio alzado, cuando el empresario dirige la obra y pone los materiales, se sujetará a las reglas siguientes:

Última reforma de esta ley incorporada: 2 de diciembre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresooaxaca.gob.mx.

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