Código Civil para el Estado de Oaxaca · Oaxaca

Artículo 2606

TITULO UNDECIMO De las asociaciones y de las sociedades · CAPITULO IV De la disolución de las sociedades

Artículo 2606.- La renuncia se considera maliciosa cuando el socio que la hace se propone aprovecharse exclusivamente de los beneficios o evitarse pérdidas que los socios deberían recibir o reportar en común con arreglo al convenio.

Última reforma de esta ley incorporada: 2 de diciembre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresooaxaca.gob.mx.

Pregúntale a RíoLex

¿Tu caso tiene que ver con este artículo?

Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.