Código Civil para el Estado de Oaxaca · Oaxaca

Artículo 2622

TITULO UNDECIMO De las asociaciones y de las sociedades · CAPITULO VI De las asociaciones y de las sociedades extranjeras

Artículo 2622.- El contrato de aparcería deberá otorgarse por escrito, formándose dos ejemplares, uno para cada contratante.

Última reforma de esta ley incorporada: 2 de diciembre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresooaxaca.gob.mx.

Pregúntale a RíoLex

¿Tu caso tiene que ver con este artículo?

Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.