Código Civil para el Estado de Oaxaca · Oaxaca

Artículo 2727

TITULO DUODECIMO De los contratos aleatorios · CAPITULO V De la extinción de la fianza

Artículo 2727.- Los fiadores, aun cuando sean solidarios, quedan libres de su obligación, si por culpa o negligencia del acreedor no pueden subrogarse en los derechos, privilegios o hipotecas del mismo acreedor. 294

Última reforma de esta ley incorporada: 2 de diciembre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresooaxaca.gob.mx.

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