Código Civil para el Estado de Oaxaca · Oaxaca

Artículo 2814

TITULO DUODECIMO De los contratos aleatorios · CAPITULO II De la hipoteca voluntaria

Artículo 2814.- La constitución de la hipoteca necesaria podrá exigirse en cualquier tiempo, aunque haya cesado la causa que le diere fundamento, siempre que esté pendiente de cumplimiento la obligación que se debiera haber asegurado.

Última reforma de esta ley incorporada: 2 de diciembre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresooaxaca.gob.mx.

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