Código Civil para el Estado de Oaxaca · Oaxaca

Artículo 2842

TITULO DUODECIMO De los contratos aleatorios · CAPÍTULO IV

Artículo 2842.- Por la transacción no se trasmite sino que se declaran o reconocen los derechos que son el objeto de las diferencias sobre que ella recae.

La declaración o reconocimiento de esos derechos no obliga al que lo hace, a garantizarlos, ni le impone responsabilidad alguna en caso de evicción, ni importa un título propio en que fundar la prescripción.

Última reforma de esta ley incorporada: 2 de diciembre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresooaxaca.gob.mx.

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