Código Civil para el Estado de Oaxaca · Oaxaca

Artículo 718

TITULO UNDECIMO De los ausentes e ignorados. Se deroga · CAPITULO V De la presunción de muerte del ausente. Se deroga

Artículo 718.- Se deroga.

(Derogado mediante decreto número 2831, aprobado por la LXIV Legislatura el 22 de octubre del 2021 y publicado en el Periódico Oficial número 49 Décimo Primera sección de fecha 4 de diciembre del 2021) .

ARTICULO 718 DEL PRESENTE CODIGO.

UNICO.- El presente Decreto entrará en vigor al día de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado.

P.O. 20 DE JULIO DE 2001.

DECRETO NO. 313, QUE ADICIONA EL

Última reforma de esta ley incorporada: 2 de diciembre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresooaxaca.gob.mx.

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