Artículo 718.- Se deroga.
(Derogado mediante decreto número 2831, aprobado por la LXIV Legislatura el 22 de octubre del 2021 y publicado en el Periódico Oficial número 49 Décimo Primera sección de fecha 4 de diciembre del 2021) .
ARTICULO 718 DEL PRESENTE CODIGO.
UNICO.- El presente Decreto entrará en vigor al día de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado.
P.O. 20 DE JULIO DE 2001.
DECRETO NO. 313, QUE ADICIONA EL