Código Civil para el Estado de Oaxaca · Oaxaca

Artículo 809

TITULO TERCERO De la posesión · CAPITULO UNICO

Artículo 809.- La moneda y los títulos al portador no pueden ser reivindicados del adquirente de buena fe, aunque el poseedor haya sido desposeído de ellos contra su voluntad.

Última reforma de esta ley incorporada: 2 de diciembre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresooaxaca.gob.mx.

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