Artículo 1435.- Las obligaciones cuya fuente es la ley se rigen por las disposiciones de esta, y cuando ellas sean omisas, por las reglas generales de este libro y del siguiente.
Artículo 1435
CAPITULO TERCERO FUENTES DE LAS OBLIGACIONES
Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: gobiernoabierto.pueblacapital.gob.mx.
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