Artículo 1483.- Es físicamente imposible el objeto de la obligación que no puede existir por ser incompatible con una ley de la naturaleza.
Artículo 1483
CAPITULO CUARTO
Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: gobiernoabierto.pueblacapital.gob.mx.
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