Artículo 2439.- El mandato puede ser general y especial. Son generales los contenidos en las tres primeras fracciones del artículo siguiente. Cualquiera otro mandato será especial.
Artículo 2439
CAPITULO DECIMO
Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: gobiernoabierto.pueblacapital.gob.mx.
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