Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla · Puebla

Artículo 2563

CAPITULO DUODECIMO CONTRATO DE OBRAS A PRECIO ALZADO

Artículo 2563.- Los empresarios constructores responden de que la obra esté conforme a las leyes que rijan esta materia, así como de las multas que se impongan.

CAPITULO DECIMOTERCERO

PORTEADORES Y ALQUILADORES

Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: gobiernoabierto.pueblacapital.gob.mx.

Pregúntale a RíoLex

¿Tu caso tiene que ver con este artículo?

Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.