Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla · Puebla

Artículo 2634

CAPITULO DUODECIMO CONTRATO DE OBRAS A PRECIO ALZADO

Artículo 2634.- EL enfiteuta tiene:

I.- Derecho de poseer el objeto de la enfiteusis y la acción persecutoria;

II.- Facultad de ejercitar las acciones posesorias, como poseedor del dominio útil del predio;

III.- Derecho de usufructuar el predio y de ejecutar todos los actos jurídicos que la ley permite al usufructuario;

IV.- Facultad para ceder el dominio útil, hipotecario o imponer al predio servidumbres sin consentimiento del dueño;

V.- Derecho de donar el dominio útil.

Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: gobiernoabierto.pueblacapital.gob.mx.

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