Artículo 2692.- La renuncia general de derecho virtud de transacción, sólo se extiende a los que tienen relación con la disputa que fue su objeto.
Artículo 2692
CAPITULO DUODECIMO CONTRATO DE OBRAS A PRECIO ALZADO
Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: gobiernoabierto.pueblacapital.gob.mx.
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