Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla · Puebla

Artículo 2797

CAPITULO DUODECIMO CONTRATO DE OBRAS A PRECIO ALZADO

Artículo 2797.- El que fía a un cofiador, en el caso de insolvencia de éste, es responsable para con los otros cofiadores de la misma manera en que lo sería el cofiador fiado.

Sección Décima

Extinción de la fianza

Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: gobiernoabierto.pueblacapital.gob.mx.

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