Artículo 3255.- Son nulas:
I.- La renuncia del derecho de testar;
II.- La obligación condicional de testar
III.- La renuncia de la facultad de revocar el testamento;
IV.- La disposición por la que el testador imposibilite directa o indirectamente a las autoridades, la facultad de intervenir en la sucesión, según lo establecido por la ley.