Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla · Puebla

Artículo 597

CAPITULO NOVENO

Artículo 597.- Patria potestad es el conjunto de derechos y deberes que recíprocamente tienen, por una parte el padre y la madre, y por la otra los hijos menores no emancipados, y cuyo objeto es la guarda de la persona y bienes de estos menores, así como su educación.

Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: gobiernoabierto.pueblacapital.gob.mx.

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