Código Civil del Estado de Querétaro · Querétaro

Artículo 1240

Artículo 1240. La condición física o legalmente imposible de dar o de hacer, impuesta al heredero o legatario, anula su institución.

Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: site.legislaturaqueretaro.gob.mx.

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