Código Civil del Estado de Querétaro · Querétaro

Artículo 154

Artículo 154. Los derechos y obligaciones que nacen del matrimonio son iguales para los cónyuges, por lo que de común acuerdo y de manera libre, responsable e informada, decidirán sobre el número y espaciamiento de sus hijos.

Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: site.legislaturaqueretaro.gob.mx.

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