Código Civil del Estado de Querétaro · Querétaro

Artículo 2216

Artículo 2216. Con excepción de lo relativo al precio, son aplicables a este contrato las reglas de la compraventa, en cuanto no se opongan a los artículos anteriores.

Título Cuarto

De las donaciones

Capítulo Primero

De las donaciones en general

Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: site.legislaturaqueretaro.gob.mx.

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