Código Civil del Estado de Querétaro · Querétaro

Artículo 2678

Artículo 2678. El contrato de renta vitalicia es nulo si la persona sobre cuya vida se constituya ha muerto antes de su otorgamiento.

Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: site.legislaturaqueretaro.gob.mx.

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