Código Civil del Estado de Querétaro · Querétaro

Artículo 333

Artículo 333. No basta el dicho de la madre para excluir de la paternidad al marido. Mientras que éste viva, únicamente él podrá hacer la reclamación contra la filiación del hijo concebido durante el matrimonio.

Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: site.legislaturaqueretaro.gob.mx.

Pregúntale a RíoLex

¿Tu caso tiene que ver con este artículo?

Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.