Artículo 1241.- El testamento es un acto personalísimo, revocable y libre por el cual una persona capaz dispone de sus bienes y derechos y declara o cumple deberes para después de su muerte.
Artículo 1241
TÍTULO PRIMERO Disposiciones Preliminares
Última reforma de esta ley incorporada: 9 de octubre de 2024. Comparamos este texto con su fuente el 27 de septiembre de 2026. Fuente oficial: documentos.congresoqroo.gob.mx.
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