Artículo 178.- EI dolo o la mala fe del destinatario de la declaración impide el nacimiento de la responsabilidad civil.
SECCIÓN SEGUNDA
Del objeto de los Negocios Jurídicos
TÍTULO TERCERO De los negocios jurídicos · CAPÍTULO SEGUNDO De los elementos esenciales del negocio jurídico
Artículo 178.- EI dolo o la mala fe del destinatario de la declaración impide el nacimiento de la responsabilidad civil.
SECCIÓN SEGUNDA
Del objeto de los Negocios Jurídicos
Última reforma de esta ley incorporada: 9 de octubre de 2024. Comparamos este texto con su fuente el 27 de septiembre de 2026. Fuente oficial: documentos.congresoqroo.gob.mx.
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