Artículo 226.- Los negocios jurídicos son de tracto sucesivo, cuando se van realizando de momento a momento durante el tiempo de su vigencia.
Artículo 226
TÍTULO TERCERO De los negocios jurídicos · CAPÍTULO CUARTO De la Clasificación de los Negocios Jurídicos
Última reforma de esta ley incorporada: 9 de octubre de 2024. Comparamos este texto con su fuente el 27 de septiembre de 2026. Fuente oficial: documentos.congresoqroo.gob.mx.
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