Código Civil para el Estado de Quintana Roo · Quintana Roo

Artículo 2310

TÍTULO TERCERO De los Efectos de las Obligaciones · CAPÍTULO SEGUNDO Del Incumplimiento de las Obligaciones

Artículo 2310.- El pago de los gastos judiciales será a cargo del que faltare al cumplimiento de la obligación y se hará en los términos que establezca el Código de Procedimientos Civiles.

SECCIÓN SEGUNDA

Del Saneamiento por Evicción y por Vicios Ocultos

SUBSECCIÓN PRIMERA

Disposiciones Generales

Última reforma de esta ley incorporada: 9 de octubre de 2024. Comparamos este texto con su fuente el 27 de septiembre de 2026. Fuente oficial: documentos.congresoqroo.gob.mx.

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