Código Civil para el Estado de Quintana Roo · Quintana Roo

Artículo 244

TÍTULO TERCERO De los negocios jurídicos · CAPÍTULO QUINTO De los Negocios Jurídicos Unilaterales

Artículo 244.- Si la oferta es de venta, el solo hecho de exhibir al público la cosa con la indicación del precio, obliga al oferente a sostener éste.

SECCIÓN TERCERA

De la Promesa de Recompensa

Última reforma de esta ley incorporada: 9 de octubre de 2024. Comparamos este texto con su fuente el 27 de septiembre de 2026. Fuente oficial: documentos.congresoqroo.gob.mx.

Pregúntale a RíoLex

¿Tu caso tiene que ver con este artículo?

Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.