Código Civil para el Estado de Quintana Roo · Quintana Roo

Artículo 2589

TÍTULO SEGUNDO De la compraventa · CAPÍTULO SEXTO De algunas Modalidades del Contrato de Compraventa

Artículo 2589.- Se llama compra de esperanza el contrato que tiene por objeto adquirir por una cantidad determinada, no un bien futuro - res sperata - como en el caso del artículo anterior, sino los frutos que un bien produzca en el tiempo fijado - emptio spei - tomando el comprador para sí el riesgo de que esos frutos no llegaren a existir; o el contrato que tenga por objeto adquirir, en la misma forma, los productos inciertos de un hecho, que pueden estimarse en dinero.

El vendedor tiene derecho al precio aunque no lleguen a existir los frutos o productos comprados.

Última reforma de esta ley incorporada: 9 de octubre de 2024. Comparamos este texto con su fuente el 27 de septiembre de 2026. Fuente oficial: documentos.congresoqroo.gob.mx.

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