Artículo 2804.- Pueden ser objeto del mandato todos los actos licitas para los que la ley no exige la intervención personal del interesado.
Artículo 2804
TÍTULO UNDECIMO Del Mandato · CAPÍTULO PRIMERO Disposiciones Generales
Última reforma de esta ley incorporada: 9 de octubre de 2024. Comparamos este texto con su fuente el 27 de septiembre de 2026. Fuente oficial: documentos.congresoqroo.gob.mx.
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