Artículo 2837.- El mandante debe cumplir todas las obligaciones que el mandatario haya contraído dentro de los límites del mandato.
Artículo 2837
TÍTULO UNDECIMO Del Mandato · CAPÍTULO CUARTO De las obligaciones y derechos del mandante y
Última reforma de esta ley incorporada: 9 de octubre de 2024. Comparamos este texto con su fuente el 27 de septiembre de 2026. Fuente oficial: documentos.congresoqroo.gob.mx.
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